El Ministerio de Economía y Gestión Pública estableció la valuación fiscal que debe usarse como base para el cálculo de honorarios, aranceles y otras retribuciones profesionales durante 2026. A través de la Res. 2/2026, determinó que, cuando se utilice la valuación fiscal o la base imponible del Impuesto Inmobiliario como base de cálculo, deberá tomarse como valor de referencia la base imponible correspondiente al período fiscal 2025, actualizada según la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, entre octubre de 2024 y septiembre de 2025, que es de 28.3%. Por lo cual, a los fines de la carga del dato "Valor venal del inmueble libre de mejoras", debe el matriculado ingresar el valor calculado (Valuación 2025 * 1.283), y adjuntar captura o PDF del reporte de cuenta con el valor 2025.
Podés consultar los valores de referencia AQUI
Además, en la DGC mediante normativa expresa da respuesta a otras cuestiones vinculadas a valuaciones. Ver Resoluciones: AQUÍ y AQUÍ





