Beneficio por Maternidad desde marzo de 2026

El Colegio aprobó el Beneficio por Maternidad destinado a acompañar a las ingenieras matriculadas en una etapa fundamental de su vida personal y profesional. La medida fue establecida mediante Resolución de Junta de Gobierno del 26 de febrero de 2026 y se enmarca en las políticas institucionales de beneficios, acompañamiento y fortalecimiento del ejercicio profesional.
La nueva disposición comenzará a regir para los nacimientos producidos a partir del 1 de marzo de 2026.

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Requisitos para acceder
Podrán acceder al beneficio las ingenieras con matrícula activa en el Colegio que se encuentren al día con la CEP y sin deudas por ningún concepto, que no estén suspendidas en el ejercicio profesional y que acrediten una antigüedad mínima como matriculadas al momento del nacimiento. Para su otorgamiento será necesaria la presentación de la partida de nacimiento correspondiente.
El plazo para solicitarlo es de hasta un año posterior al nacimiento.

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Una política institucional con perspectiva profesional
La iniciativa surge a partir de un estudio cualitativo realizado por la Consultora Delfos en enero de 2026, que evidenció que la maternidad continúa operando como un factor implícito de desvalorización profesional, especialmente en ámbitos de obra y en contextos de relación de dependencia.
Con esta decisión, el Colegio reafirma su compromiso de generar herramientas concretas que acompañen el desarrollo profesional de las ingenieras, promoviendo condiciones más equitativas para el ejercicio de la profesión.